domingo, 7 de septiembre de 2008

HISTORIA DE LOS REGIMENES PENITENCIARIOS

1) Durante la época prehispánica en México la privación de la libertad no revistió el mismo fin que conocemos en la actualidad, esto es, no llegó a ser considerada como pena, solo como medida de custodia preventiva en tanto se ejecutaba el castigo impuesto como la pena de muerte entre otros, la cárcel ocupaba un sitio secundario para acciones delictivas poco importantes, y es mínima su trascendencia, como pena, frente a las demás penas cruelísimas que aplican con enorme rigor. El título VIII, con 28 leyes se denomina De los delitos y penas de aplicación. En 1848 el Congreso General ordenó la edificación de establecimientos de detención y prisión preventiva de corrección para jóvenes delincuentes y de asilo para liberados, y fue encomendada la creación de un Reglamento de prisiones. El reglamento interior de la Secretaría de Gobernación de 1918 establecía entre sus atribuciones la conmutación y reducción de penas por delitos del orden federal y llevar los asuntos relativos a la Colonia Penal de Islas marías; reos federales e indultos, las cuales eran ejecutadas por el Departamento Consultivo y de Justicia. Es importante señalar que, la Legislación Penal de 1929 contribuyó de manera importante al Derecho Penal Mexicano porque crea el Consejo Supremo de la Defensa y Prevención Social de la Secretaría de Gobernación y las actividades que asumió, a través de su departamento de Justicia, fueron el registro de los reos federales en los libros, traslado de procesados y reos federales, libertades preventivas concedidas, libertades preventivas negadas, libertades preparatorias negadas, conmutación de penas concedidas, conmutación de penas negadas, pago de alimentación de reos federales de todos los estados, distritos y territorios, exceptuando el D. F. El 30de septiembre de 1929, el presidente Emilio Portes Gil expidió el Código Penal para el Distrito y Territorios Federales, que individualizó las sanciones para cada delincuente y adoptó un sistema de sanciones para darles a los internos un tratamiento basado en el trabajo y seguimiento de sus efectos. El 7 de septiembre de 1931se trasformó al Consejo Supremo de Defensa en el departamento de Prevención Social, dependiendo de la Secretaría de Gobernación y del departamento del Distrito Federal. Lázaro Cárdenas, la política social se basó en impulsar la unificación de las legislaciones penales en México. Dada la problemática que aquejaba al sistema penitenciario en 1936, se realizó la Convención Nacional para la Unificación de la legislación penal e intensificación de la Lucha contra la Delincuencia. En esta reunión, los delegados penitenciarios de los Estados y del Gobierno Federal, llegaron a los acuerdos siguientes: Correspondería a los Estados la creación inmediata de los Tribunales para menores, mejorar los existentes y abolir la pena de muerte. Posteriormente, el Departamento de Prevención Social, realizó un estudio de los reos contemplando los aspectos médico, económico, social, pedagógico y condiciones laborales, para integrar los expedientes, mismos que eran utilizados para el otorgamiento de la libertad anticipada o el indulto y para clasificar a los grupos de reos que debían ser enviados a las Islas Marías para compurgar sus sentencias. En 1940, al Departamento de Prevención Social también le fue encomendada la vigilancia de los menores externados y de los reos liberados que gozaban de una libertad condicional. Durante el sexenio del General Manuel Ávila Camacho (1940-1946) las principales actividades del Departamento de Prevención Social de la Secretaría de Gobernación fueron la expedición de disposiciones, leyes y reglamentos encaminados a la “prevención y represión del delito”. Se creó la delegación del Departamento de prevención Social en la penitenciaria del D. F., que se encargaría de hacer los estudios médico psiquiátrico y social de los reos. En la administración del presidente Miguel Alemán Valdez (1946-1952) las instituciones que controlaba el Departamento de Prevención Social de la Secretaría de Gobernación eran: Los Tribunales para Menores e Instituciones Auxiliares de Tratamiento Policía Tutelar, Colonia Penal de Islas Marías, Delegaciones en la Penitenciaría del D. F. y en los territorios Norte y Sur de Baja California. Para el sexenio del Presidente Adolfo Ruiz Cortines (1952-1958), los servicios fueron ampliados y entonces empezó a atender necesidades de la Penitenciaría, de la Cárcel de Mujeres y del Tribunal para Menores del D. F., Colonia Penal de Islas Marías y de las prisiones de Quintana Roo y de Baja California; consolidó sus delegaciones en la Penitenciaría del D. F. y en la Cárcel de Mujeres y se inició el “Registro de reos sentenciados”, mismo que se concluyó con una organización general del casillero de Sentenciados, su objetivo era contar con los antecedentes de los reos. En 1956 el Departamento fue reorganizado en las secciones denominadas: jurídico, médico-criminológica, trabajo social, estadística e investigación y clínica de conducta, policía tutelar, tratamiento de menores infractores y casillero nacional de sentenciados. En 1954 se construyó la cárcel de Mujeres en la Ciudad de México, dando inicio a una nueva etapa del penitenciarismo moderno, y en 1957 la Penitenciaría del Distrito Federal en Santa Martha Acatitla, permitiendo un descongestionamiento y separación de procesados y sentenciados, así como de hombres y mujeres. De 1957 a 1958 se construyó la Penitenciaría de Santa Martha Acatitla, con una capacidad instalada para 1,500 reos. Con esta reforma el Departamento de Prevención Social diversificó sus naciones abarcando principalmente la ejecución de sanciones de reos sentenciados, el tratamiento de menores y el gobierno de la Colonia Penal Federal “Islas Marías; así como la ejecución de las sentencias de los reos. federales en todas las entidades de la república y del Fuero Común para reos del D.F., territorios federales y entidades con las que hubiera suscrito convenio. Al iniciar su gestión el Presidente Luis Echeverría Álvarez (1970-1976) en diciembre de 1970 envió al Congreso de la Unión la iniciativa de ley de Normas sobre Readaptación Social de Sentenciados. Es en 1971 cuando se aprueba por el Congreso Federal, la Ley que Establece las Normas Mínimas sobre Readaptación Social de Sentenciados, que regula el tratamiento de readaptación social en base al trabajo, la capacitación para el mismo y la educación, como lo indica el artículo 18 constitucional. El 7 de octubre de 1976 se cierra Lecumberri al inaugurarse dos nuevos centros, el Reclusorio Preventivo Norte y el Oriente en el Distrito Federal posteriormente en octubre de 1979 se inaugura el Reclusorio Preventivo Sur, al clausurarse las cárceles preventivas de Xochimilco, Coyoacán y Álvaro Obregón en la Ciudad de México. En tanto la Dirección de Servicios coordinados de prevención y readaptación social además de coordinar la reforma penitenciaria continuó desarrollando sus funciones relacionadas con la ejecución de sanciones en reos sentenciados, el Gobierno de Islas Marías y el Tratamiento de Menores. En 1973 el tratamiento de los menores fue asumido por los Consejos Tutelares para Menores infractores. En la administración del presidente Miguel de la Madrid (1982-1988), la dirección General de Servicios Coordinados de Prevención y Readaptación Social avanzó en tres líneas: la prevención de conductas antisociales y delictivas; la readaptación de los adultos delincuentes y menores infractores y la reincorporación a la sociedad de los presos. En su último año de gestión, en el marco del programa de Máxima Seguridad 1987-1988 se propone continuar con la creación de módulos de ala seguridad en las cárceles estatales y la creación de cárceles regionales de máxima seguridad. 1 “Almoloya de Juárez” ahora “La Palma”, en el Estado de México. En 1989 la Dirección General de Servicios Coordinados de Prevención y readaptación Social, cambió de denominación por la de Dirección General de Prevención y Readaptación Social, con el objetivo de coordinar y mejorar los esfuerzos en materia penitenciaria. La ejecución de traslados internacionales, expedición de antecedentes penales y el control de la cuota alimentaria a los internos federales procesados y sentenciados, era otra de las tareas sustantivas de la nueva dirección. La estructura orgánica de la Dirección General de Prevención y readaptación social quedó integrada por las direcciones de área: Ejecución de Sentencias, Prevención y Readaptación y Estadística Penitenciaria. A cargo de esta Dirección General estaba la administración de los Centros Federales de Máxima Seguridad “Almoloya de Juárez”, “Puente Grande ”y “Matamoros”, y la Colonia Penal Federal “Islas Marías”, así como el Centro Federal de Rehabilitación Psicosocial “CEFEREPSI” (inaugurado en 1993). En el año de 1994 se incluyeron en el Código Penal para el Distrito Federal en Materia del Fuero Común y para toda la República en Materia del Fuero Federal y en la Ley que Establece las Normas Mínimas de Readaptación Social de Sentenciados, modificaciones que tienen gran repercusión en el sistema penitenciario, sobre todo por lo que a tratamiento se refiere. En la administración del presidente Ernesto Zedillo Ponce de León, las metas sustantivas en materia de prevención y readaptación eran: Dirigir, ejecutar y vigilar técnicamente la prevención y readaptación, así como otorgar y revocar las libertades anticipadas de los reos. Desarrollar programas de prevención y readaptación social. Atender la alimentación de los reos procesados y sentenciados en todo el territorio nacional en materia del fuero federal. Operar y administrar los centros federales de readaptación social de alta seguridad. Organizar y operar reuniones penitenciarias a nivel nacional para homogeneizar criterios de readaptación social con la publicación del Reglamento de la Secretaría de Seguridad Pública en el Readaptación Social que en principio asumió las funciones y actividades de las Direcciones Generales de Prevención y Readaptación Social, Prevención y Tratamiento de Menores y del Patronato para la Reincorporación Social por el Empleo en el D.F. mismas que hasta el mes de noviembre del 2000 dependían de la Secretaría de Gobernación. Lo anterior, con el objetivo primordial de coadyuvar en la organización del Sistema Nacional Penitenciario, para ello, se planteo establecer convenios de colaboración con los gobiernos de las entidades federativas, fundamentalmente en materia de ejecución y tratamiento de las sanciones impuestas por las autoridades judiciales a la población interna del fuero federal y en materia de tratamiento de los menores.
1) Este escrito es un resumen de la siguente paguina www.e-seguridad.gob.mx/portalWebApp/ShowBinary?nodeId=/BEA%20Repository/308045//archivo